Los dos primeros años de gobierno del Partido Patriota y Otto Pérez
Molina coinciden con una brutal ofensiva contra organizaciones y dirigentes
sociales, en el ámbito comunitario y nacional.
La agresión continuada, proveniente entre otros de columnistas,
empresarios y gobierno (sobre todo el Ministro de Gobernación y
el Presidente), tiende a deslegitimar y desacreditar a la dirigencia y a las
organizaciones (acusados de terroristas, criminales, narcotraficantes,
manipulados, cooptados, anti desarrollo, delincuentes…); debilita la oposición
social (al perseguir, amenazar con encarcelamiento o capturar de hecho a
centenares de personas); y previene, a través de la generalización del miedo,
otras movilizaciones sociales y expresiones opositoras.
Cuando opinar (pensar, hablar) es
delito
La persecución sube un peldaño con las medidas
judiciales, por delito de opinión (en cursiva, porque
opinar no constituye delito), contra Francisca Gómez Grijalva, académica y
columnista, Daniel Pascual Hernández, dirigente del Comité de Unidad Campesina,
y José Rubén Zamora, presidente de El Periódico. En el primer caso, la empresa Cementos
Progreso emplaza a Francisca Gómez a presentar pruebas de afirmaciones vertidas
en un artículo (referente a actuaciones impositivas y violentas de dicha empresa en San Juan Sacatepéquez, actuaciones que no solo Francisca ha
denunciado y son de dominio público).
En el caso de Daniel Pascual, la Fundación contra el Terrorismo
interpone contra él una querella por delitos de difamación, calumnia e injuria,
a partir de declaraciones públicas del dirigente.
A José Rubén Zamora se le acusa (por parte del presidente Otto Pérez
Molina y la vicepresidenta Roxana Baldetti) de coacción, desacato, chantaje,
extorsión y violación a la constitución. La revisión del Código Penal
guatemalteco (que amenaza convertirse en el libro de consulta obligada de
cualquier periodista, antes que el Diccionario de la Lengua) revela la disparidad
entre las publicaciones y acusaciones del periodista y los delitos imputados:
Coacción. Quien,
sin estar legítimamente autorizado mediante procedimiento violento,
intimidatorio o que en cualquier forma compela a otro, obligue a éste para que
haga o deje de hacer lo que la ley no le prohíbe, efectúe o consienta lo que no
quiere o que tolere que otra persona lo haga, sea justo o no, será sancionado
con prisión de seis meses a dos años.
Desacato. Comete el delito de
desacato quien ofende la dignidad o el decoro, falta el respeto, amenaza,
injuria o calumnia a un funcionario o autoridad pública, en ejercicio de sus
funciones o con ocasión de las mismas, ya sea de palabra o de hecho, en su
presencia, por escrito o por medio de un medio de comunicación. Eliminado del
Código Penal por sentencia de la Corte de Constitucionalidad de fecha 1 de
febrero de 2006, que entró en vigencia el 12 de abril de 2006.
Chantaje. Comete delito
de chantaje quien exigiere a otro, dinero, recompensa o efectos, bajo amenaza directa
o encubierta de imputaciones contra su honor o prestigio, o de violación o
divulgación de secretos, en perjuicio del mismo, de su familia o de la entidad
en cuya gestión intervenga o tenga interés. El responsable de este delito será
sancionado con prisión de tres a ocho años.
Extorsión. Quien, para
procurar un lucro injusto o para defraudarlo obligare a otro, con violencia, a
firmar, suscribir, otorgar, destruir o entregar algún documento, a contraer una
obligación o a condonarla o a renunciar a algún derecho, será sancionado con
prisión de uno a seis años.
Tras una fuerte reacción nacional e internacional, el Presidente y la
Vicepresidenta aceptan retirar los cargos contra José Rubén Zamora. En los
otros casos, no se han producido idénticas reacciones de rechazo y las acusaciones continúan vigentes. Incluso en el
supuesto de que las demandas no se concreten, generan restricciones en la
libertad de expresión, a partir del insano ejercicio de la autocensura, y
convierten a los periodistas y dirigentes, más que en perseguidores de la
verdad (o de las incoherencias del poder) en abogados defensores de sí mismos.
Datos que no mienten
La represión y criminalización se ejerce a través de medidas físicas,
amenazas verbales, presiones jurídicas, medios de comunicación, asfixia
económica por medio de campañas internacionales (desprestigio de las
organizaciones y presión a las agencias y países cooperantes). Cada de una
de estas acciones, debilita. De forma integral y articulada, comprometen el
trabajo de las organizaciones sociales.
Ningún método, legal o abiertamente ilegal es desechado, en un marco de
judicialización acelerada del descontento: por ejemplo, detenciones
ilegales (sin pruebas suficientes o burlando los procedimientos de ley) denunciadas por Naciones Unidas en su
informe anual 2013: “El 2 de mayo en Santa Cruz Barillas, durante el estado de sitio, se
realizaron nueve detenciones arbitrarias y/o ilegales sin orden judicial,
perpetradas por parte de particulares que manifestaron ser víctimas de los
acontecimientos del día anterior. Los detenidos fueron acusados de haber
participado en los disturbios. No pudieron presentar sus primeras declaraciones
ante un juez competente hasta dos semanas después de su detención”.
Se observa asimismo la manipulación de procesos legales, como en el caso de las acusaciones a los líderes comunitarios de Barillas, Rogelio Velásquez y
Saúl Méndez, que motivan su segunda detención. En este proceso, el abogado
Carlos Bezares observa las siguientes irregularidades:
“La acusación no
precisa qué habían hecho los acusados exactamente (el contexto era una acción
donde participaron cientos de personas).
La acusación se
presentó fuera de tiempo. Sin embargo, el juez dijo que no se vio limitado el
derecho de defensa.
En el expediente
consta que los hermanos movieron a la persona de la escena del crimen, cuando
aún está viva, eso impide saber cómo murió y quién la mató.
En el expediente es
imposible establecer cuándo murió la señora, por todo lo acontecido.
Se presentan
fotografías de los acusados que corresponden a otro hecho investigado (el del
primero de mayo de 2012, estado de sitio en Barillas).
Se realiza una prueba
anticipada con menores familiares. Sospechamos que se les pusieron fotos
delante para orientar su opinión.
En el expediente
constan entrevistas de autoridades donde dicen que los acusados no estaban en
el lugar de los hechos (Juez de Paz de Barrillas). Pero se da validez al
testimonio de una persona enfrentada con los acusados (familia Reyes) por su
oposición a Hidro Santa Cruz”.
Más información de este proceso:
Más información de este proceso:
Para un gobierno que mide con cifras los éxitos de su gestión, conviene
recordar los siguientes datos: 490 ataques a defensores de derechos humanos
durante los seis primeros meses de 2013, el dato más elevado registrado por la Unidad de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (UDEFEGUA) desde el final de la guerra.
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Fuente: Udefegua
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Amenaza estructural
La persecución a la oposición se agudiza con el gobierno patriota
y la simbólica presidencia de un militar kaibil pero va más allá de un gobierno
y un Presidente: forma parte de la reconfiguración autoritaria y de la
querencia por gobiernos neomilitares (golpe de estado en Honduras, 2009) en el
marco de la relegitimación del fascismo y el autoritarismo a nivel mundial.
El neoautoritarismo se instrumentaliza a partir de la lógica de la
intervención (que sustituye las normas y las instituciones). Se ejecuta mediante la
excepcionalidad (que suplanta los procedimientos). Se enmarca en la centralización del
poder y la remilitarización, que ofrece respuestas cuarteleras a los conflictos
sociales. Es un fenómeno político y social: la hegemonía de una ideología
individualista, competitiva, de matriz racista, violenta. Por ello, la
persecución tiene un ámbito de actuación estatal y un ámbito, interconectado,
de actuación de la sociedad.
La limitación del ejercicio de derechos (entre otros, la libre
participación y movilización, la organización, los derechos a la resistencia
pacífica y a la decisión comunitaria sobre sus bienes) debilita la organización
social y debilita la democracia, fundamentada en la existencia de voces
plurales, de disenso y oposición como factores de crecimiento y no como los
entiende el gobierno actual y la “sociedad dominante”: obstáculos para la
convivencia.
Así, se construye –de facto- un régimen político sin derechos. Si
no lo detenemos, en algún momento y de la peor manera, este ensayo puede
concretarse en una dictadura formal.