Derecho a decidir

Andrés Cabanas, mayo 2015

Las consultas comunitarias desarrolladas en Guatemala desde 2005 trascienden la oposición a proyectos extractivos en territorios (minería, hidroeléctricas, etc).

Las consultas cuestionan y debaten sobre modos de vida, y sobre la defensa de la identidad y cosmovisión de los pueblos frente a proyectos que la afectan de forma estructural. Esta situación no se refiere solamente a procesos de pueblos indígenas, sino de comunidades y pueblos en general, que proponen nuevos ámbitos de consulta (sobre el agua en el oriente del país), nuevas formas de representación, organización y decisión.

Las consultas promueven una democracia directa, amplían el régimen de derechos, fortalecen una nueva cultura política fundamentada en el diálogo y el consenso, en vez de la imposición.

Aunque autoridades estatales y actores económicos niegan la validez de las consultas, estas se legitiman al constituir un ejercicio de decisión comunitaria y de los pueblos, fundamentada en tradiciones históricas, en leyes vigentes y en el derecho de decisión, que abarca la capacidad de definir el modelo político, económico y social.

La reducción del análisis de la validez de las consultas a aspectos legales, frecuentemente seguida por gobierno y empresas, se convierte en camisa de fuerza. Si se promueve por encima de la voluntad y la decisión de las comunidades, es ejercicio de poder arbitrario.

Esta sistematización analiza el proceso de consultas en el marco de:
  • el debate del modelo político o el modelo de democracia: los límites de la democracia y el sistema político vigentes frente al protagonismo y la decisión directa de pueblos y comunidades;
  • el debate del modelo de desarrollo económico, impuesto y opuesto a las decisiones comunitarias,
  • el debate sobre el derecho de pueblos y comunidades a decidir su propio destino, libremente y en todas sus dimensiones. 
 
El ejercicio del derecho a la consulta se convierte en ensayo de nueva organización y operativiza el derecho de libre determinación, no incluido en el sistema jurídico oficial; es decir, el derecho de los pueblos a definir libremente su destino, en aspectos sociales, políticos y económicos.

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