Cahabón, el río y la lucha común



Andrés Cabanas, 27 de agosto de 2017
Otra batalla por el derecho de consulta y los derechos colectivos, frente a empresas, instituciones estatales y un modelo económico impuesto y violento, se desarrolla este domingo 27 de agosto en Santa María Cahabón. 195 comunidades deciden sobre la permanencia de los proyectos hidroeléctricos Oxec 1 y 2, en un proceso al que el Estado no otorga validez.

La disputa tiene como telón de fondo el reglamento de consultas (Guía de Estándares básicos para la consulta a pueblos indígenas, promovida por el Ministerio de Trabajo), la sentencia de la Corte de Constitucionalidad de 26 de mayo que anula la consulta previa, y la presión empresarial.

En Cahabón, Estado y empresas marcan líneas rojas:

1.   El gobierno organiza la consulta, no las comunidades.
2.   La consulta se reduce a un área de influencia, determinada por el propio Estado (11 comunidades para la empresa y el Ministerio de Energía y Minas, MEM, 195 para las comunidades). 
3.   Las comunidades no deciden si quieren o no proyectos: apenas tienen la potestad de dialogar para llegar a acuerdos sobre dichos proyectos. 

Y la guinda del pastel: la empresa Oxec –empresas en general- tiene permiso para continuar operando, aunque no haya realizado consulta previa y genere violencia: criminalización, burla de los estudios de impacto ambiental, destrucción ambiental, desvío de los ríos Oxec y Cahabón, apropiación del agua de las comunidades, deforestación, secamiento del cauce provocado por su actividad.  

Desarrollo violento e impuesto

Una consulta restringida, sin posibilidad de decir no, organizada por una institución parcializada (MEM), no es consulta. Es una burla a las comunidades y una reinterpretación de los derechos, a la baja y a la medida de los poderosos. La alianza empresas-gobierno, con la versión retrógrada de la Organización Internacional del Trabajo en el papel de "colaborador eficaz", amenaza no solo la consulta comunitaria de Cahabón, sino el fundamental derecho de decisión y libre determinación de las comunidades, es decir, la capacidad irrenunciable de decidir sobre todos los asuntos que les conciernen.

La restricción de derechos no es nueva, pero la agresividad del planteamiento en este momento, refuerza dos tendencias: una de carácter estructural, otra ligada a la coyuntura reciente.

En cuanto a lo estructural, la fulminación del derecho de consulta fortalece una  concepción elitista del sistema político, y la continuidad sin mutaciones (solo reconfiguraciones) del modelo de despojo, que no tiene en cuenta los derechos de las personas y menos los derechos y la preservación de la naturaleza, el agua, el ambiente, los ciclos de la vida.

En cuanto a lo coyuntural, Cahabón y la negación de la consulta para favorecer a una empresa extractiva-destructiva, revelan la incapacidad de las elites de entender que el viejo pacto constituyente-empresarial-militar tiene que dar paso a un nuevo pacto social, con los pueblos como actores y sujetos protagonistas.

Otro ejemplo: la apuesta por la infraestructura y la construcción de carreteras como motor económico (anunciada recientemente por los empresarios, FUNDESA 2017), hace borrón y cuenta nueva de la corrupción existente en este ámbito y reclama el apoyo estatal, constituyendo otro indicador y una nueva vuelta de tuerca, sin cambios, del modelo de desarrollo excluyente.  

Desde la capital hasta Cahabón: la lucha por la transformación estructural y la democracia de los pueblos

La disputa en Cahabón y en todo el país (Monte Olivo, San Juan Sacatepéquez, San Rafael Las Flores, Casillas, pueblo xinka, La Puya, norte de Huehuetenango, San Marcos) derrumba puentes, si alguna vez hubo, entre este Estado corporativo, funcional a un capitalismo destructivo, y el modelo propio de las comunidades, en construcción y reconstrucción, de raíces históricas.

Por ello, la negación sistemática de los derechos de los pueblos, para favorecer un modelo empresarial privatizador y mercantilizador, obliga a plantear con más fuerza todavía la transformación raizal de este Estado y este modelo. En este sentido, la consulta de Cahabón dibuja un hilo con la actual coyuntura de crisis y cambios (el ciclo político iniciado en 2015, marcado por disputas de elites, movidas geoestratégicas, indignación y resistencia social) y plantea algunos debates y retos.

Debates
No estamos solamente ante una crisis del sistema político, sino del modelo económico y de una sociedad construida sobre el individualismo, la mercantilización y la insolidaridad.

Esta crisis estructural no puede resolverse con reformas parciales en el sistema político y el modelo de Estado, que no atiendan el carácter estructural y la integralidad de los problemas.

Las acciones estructurales no se pueden impulsar sin la participación como sujetos y la atención a los planteamientos y propuestas de los pueblos indígenas (comunidades, organizaciones, sectores populares, movimientos de mujeres).

Retos
Integrar todas las voces, propuestas y demandas en la actual y todas las coyunturas, sin priorizar o centralizar unas (en función de urgencias, el corto plazo que anula al largo plazo, las reformas inmediatas que aplazan las estructurales, etc.). Esto implica que (entendiendo la gradualidad de los cambios y las correlaciones de fuerzas) en el nivel discursivo se articulen las demandas inmediatas con la demandas estructurales, en el ámbito territorial y social las demandas de sectores urbanos democráticos (La Plaza) con las de sectores populares, y en el ámbito organizativo, se fortalezca el papel decisorio de estos últimos, para evitar que la crisis se despache con un nuevo pacto de elites.

Actuar en este ciclo de crisis

Así, derecho de decisión, autonomía, autodeterminación, soberanía, extractivismo, desarrollo propio de los pueblos frente a la injusticia, son debates necesarios en la coyuntura actual: no están fuera de la misma, ni deben verse como radicales o maximalistas.

Aunque parezca complejo, y poniendo ejemplos de la coyuntura actual, el desafío es luchar todas y todos, con todas las formas y en cualquier momento, por la recuperación de la AEU y el carácter público de la USAC, contra la corrupción, dignificando la política, por la defensa del territorio y la Madre Tierra del acaparamiento y la voracidad comercial (desvío de ríos, monocultivo, agroexportación que liquida la producción de alimentos), contra el racismo y las violencias machistas, promoviendo todos los derechos, especialmente el de libre determinación, exigiendo IvanSeQueda, hasta transformar el Estado y este modelo de vida individualista, insolidario, anticomunitario.

Cahabón como síntesis –en tensión y construcción- de nuevas formas de participación y decisión (consultas) y otros sentidos de vida (el agua, los ríos, el territorio como bienes y no como recursos) nos revela la necesidad de organizarnos y relacionarnos de formas distintas, trascendiendo los marcos institucionales y de lucha impuestos y conocidos (incluido el sistema de  partidos) y el desarrollo destructivo y la democracia de bisutería que nos imponen.

Así, mi planteamiento es que debemos situar desde ya nuestra propuesta y acción política en términos de ruptura, más allá de la continuidad del modelo, la refuncionalización del mismo o la realización de reformas políticas limitadas, vinculadas a escenarios de corto plazo y unidimensionales. Rompamos con la democracia y el desarrollo propuestos por las elites (las que están fuera de la cárcel, dentro o a punto de entrar en ella), para avanzar hacia un nuevo modelo económico, de  Estado y de sociedad, de defensa de la vida y construcción colectiva de lo común.  

Reglamentar las consultas, para anular derechos




Asamblea en Cahabón, para programar consulta comunitaria.
En dos plumazos (o dieciséis páginas, nueve apartados y un procedimiento con ocho pasos), el Gobierno de Guatemala reduce hasta prácticamente anular la consulta previa, libre e informada a los pueblos indígenas. El crimen se perpetra a través de la Guía operativa para la implementación de la Consulta a los Pueblos Indígenas (en adelante, la Guía), una supuesta regulación administrativa de un Tratado Internacional (Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales) que es en realidad una reinterpretación a la baja de este Convenio, y de los derechos colectivos de los pueblos.

Al menos cinco aspectos de la Guía niegan la consulta como derecho:

1) Se indica que la consulta tiene como fin llegar a acuerdos, por lo que la posible opinión contraria de los consultados no es vinculante. Si las comunidades no otorgan consentimiento, el Gobierno -a través de una institución estatal- toma la decisión final sobre los proyectos empresariales. Los pasos 6 y 7 del Procedimiento así lo indican: el objetivo de la consulta es “propiciar un proceso de diálogo con los pueblos indígenas a través de sus instituciones representativas a fin de alcanzar acuerdos en torno a la medida administrativa objeto de consulta” (paso 6) y “concluir y llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de la medida propuesta… La entidad encargada, conforme los resultados y acuerdos de la consulta, la legislación vigente y el Convenio 169 de la OIT, tomará la decisión correspondiente sobre la medida administrativa, proporcionando los fundamentos correspondientes y la comunicará oportunamente a las partes involucradas" (paso 7).

2) Si para los pueblos indígenas la consulta es un proceso permanente, que abarca todos los temas y ámbitos definidos por los propios pueblos, la Guía se muestra ambigua y restrictiva: el Estado define los temas que pueden ser consultados. Paso 1, Procedimiento: "determinar a través de la entidad encargada de tomar la decisión administrativa, si la medida a implementar es, o no, objeto de consulta de conformidad con los principios y derechos contenidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo". 

3) Se pasan por alto las violaciones de derechos humanos cometidas por las empresas. Los empresarios, y proyectos en general que han incumplido el engorroso trámite de consultar a la población antes de instalarse en su territorio, pueden realizar a posteriori la consulta previa. Así, la Guía aplica incluso “en los casos en que ya se haya emitido la medida administrativa (léase autorización de funcionamiento del proyecto, nota del autor) y se deba llevar a cabo la consulta a pueblos indígenas” (apartado Aplicación). Asimismo, se ignoran las casi 100 consultas realizadas por las comunidades, desde 2005. El borrón y cuenta nueva avala en la práctica y legaliza proyectos impuestos de manera inconsulta y en fraude de ley.

4) Se otorga mandato y poder central a una institución del Estado, suplantando las funciones de la autoridad legítima: asamblea y organizaciones comunitarias y de los pueblos. Para ello, se crea la figura de la Entidad encargada, que es la "entidad, o institución del Ejecutivo, a quien corresponde tomar la decisión sobre la medida administrativa susceptible de afectar directamente derechos reconocidos a los pueblos indígenas", apartado Roles institucionales). Esta autoridad tiene funciones amplísimas, entre otras (Procedimiento):

Definir con carácter previo si la consulta es pertinente o no.
Identificar, definir y registrar cuáles son las organizaciones representativas de los pueblos indígenas.
Conducir el proceso de diálogo.
Definir la zona de influencia de los proyectos (por tanto, la zona donde se efectuará la consulta, a criterio de las empresas y su capacidad de cooptación, nota del autor).
Tomar la decisión final sobre los proyectos.

Así, es el Estado, y no las comunidades a través de sus normas, procedimientos y costumbres, quien organiza y conduce el proceso de consulta.

5) En general, la Guía se basa en una lectura del Convenio 169 aislada de otros instrumentos legales y jurídicos (Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 2007, Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, 2016) y sobre todo aislada del debate político sobre los derechos colectivos, la autodeterminación, las autonomías indígenas y la construcción de un Estado plurinacional.

Reglamentar para el despojo

La propuesta gubernamental asume prácticamente todas las demandas del empresariado, planteadas con fuerza tras la resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de 4 de enero de 2017. En esa resolución provisional, la CSJ dictaminó la suspensión de los proyectos hidroeléctricos Oxec (sobre los ríos Oxec y Cahabón, comunidades q´eqchi´de Alta Verapaz) por no haber realizado consulta previa. El sector empresarial percibió la amenaza de esta decisión para su modelo de negocios, y respondió con una campaña mediática agresiva y polarizante, que se concretó en 1) la decisión de la Corte de Constitucionalidad -CC- de 26 de mayo (que permite la continuación de los proyectos, ver Consultas comunitarias y desarrollo. Nueve preguntas y un sueño) y 2) la reglamentación de las consultas.

Propuesta empresarial, sentencia de la CC y Guía gubernamental coinciden en los puntos medulares:

El proceso de consulta tiene carácter indicativo, no vinculante.
Las comunidades no coordinan ni dirigen el proceso de consulta, sino que lo hace una institución estatal, con funciones decisorias.
Los proyectos que están en marcha, aunque no hayan realizado consulta, continúan funcionando. La consulta se realiza en este caso a posteriori (este proceso es denominado por el sector empresarial como homologación retroactiva).
La violación del derecho de consulta y las violaciones de derechos cometidas por empresarios, quedan fuera de debate.

Al fin, la Guía parece un reflejo de la historia y del poder de las élites que deciden unilateralmente. Despojo, explica María Aguilar en El Periódico, disfrazado de legalidad.

”Con la reglamentación lo que la élite y el Estado buscan es garantizar la certeza jurídica de transnacionales, proteger la industria extractiva o proyectos hidroeléctricos, aunque eso implique aniquilar a pueblos. Ha sido la negativa de colectivos indígenas no vendidos al sistema, lo que ha levantado críticas de la oligarquía, pero también de grupos de centro y centro-izquierda, quienes acusan a pueblos indígenas de ser irracionales, de rechazar el diálogo, de buscar polarización, de ser divisorios, difíciles, arrogantes o necios (...) Estos grupos terminan apoyando la agenda de la oligarquía, poniendo en riesgo la vida de comunidades, territorios y recursos indispensables para todos como el agua”.


Una consulta que no consulta, con consultados que no deciden y decisiones que se imponen desde una autoridad central, agudiza los conflictos ya existentes alrededor de los proyectos extractivos. Los debates se prolongan y las disputas suben de intensidad: un Estado y un modelo de sociedad que prioriza la propiedad privada y los derechos de inversión y comercio, choca contra los intereses históricos de los pueblos y su libre determinación, es decir, la capacidad de decidir sin imposiciones externas su organización política, económica, social y cultural.